El gigante egoísta: ¡salgan de mi jardín!

A nadie le gustan los gigantes; menos si son egoístas. La sociedad es más feliz cuando todos somos solidarios y abrimos las puertas de nuestra casa al “prójimo”, usando las palabras de Ossandón. Por eso el jardín del gigante de Wilde se congela y sólo vuelve a florecer cuando abre las puertas a los niños.

La generosidad puede ser socialmente deseable, de eso no hay duda, pero de ella no puede desprenderse un deber general de actuar…

La polémica de esta semana en el lago Ranco dejó una cosa clara. Las playas son bienes nacionales de uso público y de eso no hay duda. Su uso pertenece a todos los habitantes y, tal como ocurre en la calle o una plaza pública, a nadie se le puede expulsar de una playa.

La gran mayoría repudió de inmediato la actitud del dueño del terreno frente al lago, dando por hecho que las tres mujeres estaban en una playa (lugar público), cuestión que finalmente quedó demostrada el día de hoy con un informe del Ministerio de Bienes Nacionales. A días de ocurrido el incidente, ya está fuera de discusión que las visitantes estaban en una playa pública, por lo que la actitud de Matías Pérez fue totalmente injustificada.

Pero antes de que la autoridad emitiera su informe, muy pocos se preguntaron qué habría ocurrido si esas mujeres hubieran estado más allá del límite de la playa, esto es, dentro de la propiedad de Pérez. ¿El repudio sería válido de igual manera? De lo expresado en las redes sociales, da la impresión que sí. Ese es un aspecto más de fondo que esconde este episodio, cual es el que me interesa plantear.

Ocurrido el incidente, el repudio social fue inmediato y a pocos importó la posibilidad de que las mujeres pudieran haber estado dentro de una propiedad privada. Para la mayoría de los críticos de Pérez en las redes sociales, lo más relevante no era si el lugar era público o privado, sino su actitud arrogante y clasista de echar a las visitantes, aun cuando el lugar hubiera estado dentro de su propiedad. Como dijo el ministro Allamand en Twitter, el terreno “pudo haber sido fiscal o privado, pero bastaba con señalar cuál era aquel de uso público y dejarlas disfrutar”. O como expresó el senador Ossandón, “esto se trata de respeto por el prójimo, de abusos, de conciencia social, clasismo y empatía por el otro Chile que cada vez es más ninguneado”. Es decir, la actitud de Pérez era reprochable en sí misma, más allá de si era o no dueño del terreno.

Detrás de esta postura crítica subyace la idea de que, en un lugar natural tan hermoso, el dueño debiera permitir de todas formas la presencia de terceros. Tal como en el cuento de Oscar Wilde, ¿qué le importa que unas pocas personas ocupen un trozo de su propiedad, si no le causan ningún daño? ¿De qué sirve al gigante tener un jardín tan grande, si los niños (mujeres en este caso) no pueden jugar en él? Según esta postura, el egoísmo del gigante es intolerable e incompatible con ciertos estándares mínimos de solidaridad o incluso caridad.

A primera vista, este enfoque parece muy atractivo. A nadie le gustan los gigantes; menos si son egoístas. La sociedad es más feliz cuando todos somos solidarios y abrimos las puertas de nuestra casa al “prójimo”, usando las palabras de Ossandón. Por eso el jardín del gigante de Wilde se congela y sólo vuelve a florecer cuando abre las puertas a los niños.

La generosidad puede ser socialmente deseable, de eso no hay duda, pero de ella no puede desprenderse un deber general de actuar, en el sentido de obligar al dueño a permitir que otros usen su propiedad (insisto que en este caso quedó claro que el lugar era público y no privado, pero eso recién lo supimos con certeza hoy). La caridad puede ser un deber moral o religioso, pero no puede traducirse en un deber jurídicamente exigible, que implique compartir la propiedad. Aunque parezca egoísta, la propiedad es un derecho exclusivo del dueño, y esa exclusividad le da derecho a “excluir” su dominio de interferencias de extraños.

Lo anterior se funda, en parte, en la arrogante -pero correcta desde el punto de vista lógico- afirmación de Pérez: “Este jardín lo cuido yo”. En otras palabras, el propietario cuida su propiedad “porque” es dueño; de lo contrario no lo haría. Bajo este enfoque, la propiedad privada permite un uso racional de los recursos a largo plazo y además asegura que aquellos que la obtuvieron -por su trabajo o el de quienes les precedieron- puedan cosechar alguna recompensa por haberla adquirido (Locke, Hardin, Waldron). Si no se garantizara el derecho propiedad, el dueño no tendría incentivo en gastar tiempo y recursos para cuidar su jardín, como tampoco lo tendría el colectivo de personas que pudiera acceder a ella, como ocurre en la propiedad común. Es decir, sin derechos de propiedad exigibles ante interferencias de terceros, todos estaríamos peor.

Es por ello que el repudio inmediato a Pérez puede ser entendible emocionalmente, pero es socialmente peligroso. Lo primero que debía hacerse era determinar si el lugar era público o privado (como dispuso el ministro Ward), antes de emitir una opinión justificando o rechazando la actitud de Pérez. Sostener que su actitud era reprochable en sí misma, sin importar si era o no dueño del lugar donde se generó la disputa, implica desconocer la importancia de respetar el derecho de propiedad ajeno.

Una sociedad democrática se funda en el respeto por el derecho de los demás. En este caso fue el señor Pérez quien pasó a llevar el derecho de las tres visitantes y hoy día el reproche aparece justificado, pero eso no lo sabían quienes lo criticaron desde el primer instante. La situación bien pudo ser la inversa y es dudoso que las críticas hubieran desaparecido en ese caso.

2 respuestas a “El gigante egoísta: ¡salgan de mi jardín!

  1. Así es hoy todo al revés ,la gente parece no saber lo que es propiedad privada ,yo tengo una viña en la region del Bio Bio y en la época de cosecha entran a sacar uva y cuando los hecho me contestan que como no había nadie suponían que no era de nadie, una viña de 38 Has plantadas en hilera (salieron solas ), y otros llegan en camioneta con gente y canastos a robar a plena luz del día .

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    1. José Luis, gracias por tu comentario. El objetivo de la columna no es hacer una apología de Matías Pérez sino mostrar tres cosas.
      Primero, que la prepotencia puede ser moralmente reprochable, pero es irrelevante para imponer deberes. El repudio inmediato en las redes sociales fue más por la arrogancia de Pérez, o sus características personales, que por tratarse de un incidente ocurrido en un lugar público (conté los twitts). Al ver en el video que las personas estaban en el pasto, existía el beneficio de la duda (hasta el viernes pasado) de si las personas estaban en un lugar público o no. Pero el punto es que, en un principio, poco importó si el incidente había ocurrido dentro o fuera de la propiedad privada.
      Segundo, la necesidad de definir derechos. Si el incidente hubiera ocurrido dentro de la propiedad privada de Pérez, la situación habría sido completamente distinta.
      Y tercero, la consecuencia jurídica de infringir un derecho una vez definido (sanción por impedir acceso a un bien nacional de uso público) sólo nace cuando existe certeza de que el derecho lesionado existe. Por eso creo que el más prudente fue el ministro Ward, que esperó a tener certeza antes de salir a opinar.

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